Después de las elecciones PASO el Ejecutivo comunicó que retirará toda la cartelería de campaña que viola las ordenanzas vigentes, principalmente pasacalles y carteles colgados en luminarias públicas
El Gobierno local comunicó este miércoles el comienzo del retiro de la cartelería electoral que viola las ordenanzas vigentes. Estará a cargo de personal municipal. La decisión llegó a tres días de terminada la campaña para las elecciones primarias. Cabe recordar que la ordenanza 5855 sostiene en su artículo 16º, inciso "i", que "no se consentirá la instalación y permanencia de publicidad alguna cuando los anuncios que utilicen de soporte o apoyo columnas de señalización de calles, semáforos, o cualquier otro elemento de origen público".
En el comunicado, desde el Ejecutivo recordaron que "esta práctica no está permitida por la ordenanza 4082 según lo indicado en el Artículo 1°", que establece que la prohibición a "las Instituciones Sociales, Deportivas, Partidos Políticos y cualquier otra Asociación civil o comercial, además de lo dispuesto en los artículos 240*, 241*, 242*, 243*, 246*, 249*, 257* y 258*, de la Ordenanza N* 3.884 "Reglamento de Procedimientos, Faltas y Sanciones", los anuncios que obstaculicen las señales de tránsito. - Los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en monumentos, estatuas, fuentes, edificios públicos. - Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos, de transporte de pasajeros, taxis, papeleras, pantallas y carteleras en la vía pública del dominio público y/o privado municipal sin autorización municipal.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en buzones, postes telefónicos o telegráficos, columnas de alumbrado público, casillas telefónicas, árboles y los postes de señalización del tránsito.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en los cementerios y los muros que lo circundan.- Los anuncios montados en columnas ubicadas en las rutas nacionales.- Los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles.- La colocación, fijación, exhibición, distribución y/o ejecución de anuncios, sin permiso municipal.- La colocación, fijación, exhibición y/o distribución, ejecución de anuncios en zonas prohibidas y/o todo otro lugar no autorizado por las reglamentaciones vigentes.- Los anuncios comúnmente denominados "pasacalles", suspendidos entre columnas de alambrado público o columnas y elementos de tendido de red eléctrica. Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas".
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