Una presentación ante la Corte Suprema de Justicia busca limitar las reelecciones de intendentes en la Provincia, lo que podría postergar las PASO. En 2016 la ley limitó a los intendentes a un máximo de dos mandatos consecutivos; esa norma se modificó en 2021 y se les otorgó a los jefes comunales que estaban en ejercicio y que ya habían sido reelegidos la chance de postularse para un mandato más. Uno de los casos es el del Intendente Cecilio Salazar
La Corte Suprema de Justicia ordenó a la Procuración General de la Nación que resuelva sobre la competencia del Tribunal tras una presentación realizada Oscar Héctor Alva, referente del partido País, que apunta a limitar las reelecciones de intendentes que van por su segundo mandato y cuestionó las PASO convocadas para el próximo 13 de agosto.
Son los antecedentes recientes por el freno que la Corte puso a Gobernadores en las provincias de San Juan y Tucumán los inquietan a los intendentes bonaerenses. Uno de los que podría verse efectuado ante un eventual fallo de la corte es el Intendente de San Pedro, Cecilio Salazar, electo en 2015 y reelecto en 2019.
En 2016, durante la gestión Vidal, se limitó las reelecciones de los intendentes en la provincia de Buenos Aires y se dispuso que era posible una sola reelección. Fue a partir de una propuesta del Frente Renovador. Sin embargo, la confianza de los Intendentes -entre ellos el jefe comunal- está puesta en que la Corte respete el acuerdo votado por la legislatura bonaerense en 2021 que modificó la legislación.
Esa reforma otorgó a los jefes comunales que estaban en ejercicio y que ya habían sido reelegidos la chance de postularse para un mandato más. Precisamente, la reforma permite que el primero de los dos períodos a contabilizar sea el que comenzó en 2019 y no el iniciado en 2015, como indicaba la norma aprobada en 2016. Este cambio favoreció a 91 de los 135 intendentes de la provincia: 48 de ellos corresponden a Juntos por el Cambio, 40 al Frente de Todos, y otros tres a partidos vecinales.
Es decir, la ley hoy permite que Cecilio Salazar vaya por su relección, salvo que la Corte Suprema defina lo contrario. De ser electo en las generales de octubre, esta vez sí sería su último mandato como jefe comunal de San Pedro, o al menos de manera consecutiva. Referentes del Frente de Todos local admitieron, ante las consultas de San Pedro Hoy, que "Cecilio es el candidato", y que no se analizó un "plan B", ya que confían en que se respete lo votado por la legislatura.
Resuelve la Corte
La demanda que presentó el partido PAIS ante la Corte Suprema justamente remarca que, con la sanción de la ley 14.836 en 2016, se modificó el régimen originario, por la cual se limitó la reelección del cargo de intendente a un solo período. En tanto, advierte que, “con el objeto de evitar toda clase de controversia interpretativa sobre el nuevo régimen establecido”, se aprobó una disposición transitoria que determinó que el período de ejercicio de mandato de los intendentes a la entrada en vigencia de la ley se consideraba como primer período a los efectos de la reelección.
En ese sentido, el documento sostiene: “El régimen aprobado en 2016 configuró un avance progresivo respeto del viejo sistema en términos de garantía del sistema republicano y del sistema de derechos, al impedir los deseos de perpetuidad en el ejercicio del poder, asegurar la renovación de la política y habilitar a la oposición la posibilidad real de convertirse en gobierno. La derogación de la interdicción de más de una reelección mediante la sanción de la ley 15.315 implicó desconocer el principio de progresividad y no regresividad institucional, el cual postula que una vez alcanzado un determinado estadio normativo de garantía institucional no es posible retroceder, a menos que se expongan argumentos razonables que lo justifiquen”.
A su vez, la demanda argumenta que “no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder”.
Por otro lado, para defender la necesidad de que intervenga el máximo tribunal en este caso, donde está en juego una norma provincial, la demanda cita jurisprudencia de la propia Corte. Afirma que “si bien las provincias conservan toda la autonomía política que exige su sistema institucional, esto no impide la intervención de la Corte Suprema de Justicia en los supuestos en que se verifique un evidente menoscabo del derecho federal”.
Y agrega: “la Constitución argentina garantiza a las provincias el establecimiento y el ejercicio de sus instituciones y la elección de sus autoridades, pero todo ello sujeto a la Nación al sistema representativo y republicano de gobierno (artículos 1° y 5°)”.
Según la presentación del partido PAIS, es necesario que el máximo tribunal suspenda las PASO que se celebraran en la provincia de Buenos Aires el 13 de agosto de 2023 “hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa”.
Con información de La Nación y La Tecla
Si llegaste hasta acá y te interesó el artículo podés ayudarnos a seguir creciendo, permitirnos abrir las puertas a nuevas miradas y voces que analicen la realidad de la ciudad; y trabajar sin condicionamientos. Suscribite