La ley prevé multas “a todo persona física o jurídica” que viole la restricción de difundir sondeos durante la veda, que se extiende hasta 3 horas después de finalizados los comicios
El Código Nacional Electoral establece que la campaña finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios. Es por eso que desde este viernes a las 08.00 rige la veda electoral, que se extiende hasta la finalización de la elección.
Los precandidatos y precandidatas están impedidos de “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales”, según establece el Código en su artículo 71. La prohibición de difundir encuestas y proyecciones electorales se extiende a tres horas de finalizados los comicios (21.00 del domingo).
La veda no alcanza sólo a los precandidatos o precandidatas, sino que prevé multas “a toda persona física o jurídica” que viole la restricción de difundir sondeos durante la veda. Únicamente los medios de comunicación pueden publicar información sobre los precandidatos o precandidatas, siempre que no esté relacionada con encuestas, ya que la ley no lo prohíbe; y todo lo que no está expresamente prohibido está permitido.
Desde las 20.00 horas de este sábado y hasta las 21.00 del domingo también está prohibida la venta de bebidas alcohólicas, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos. Desde las 08.00 del domingo, cuando abren las mesas de votación, están prohibidos “los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral”.
Los funcionarios públicos están impedidos desde hace 25 días de hacer llamados a votar por un candidato, inaugurar obras, anunciar medidas de gobierno u otro tipo de actos que puedan llevar a la captación de votos. Quienes violaron este impedimento, son "pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos".