Antes de que comiencen a regir las nuevas restricciones, Policía desbarató una fiesta clandestina en Joaquín B. González al 1800 e imputó a los organizadores, dos jóvenes de 18 y 24 años
Policía de San Pedro desbarató el domingo, antes del comienzo de las nuevas restricciones, una fiesta clandestina en Joaquín B. González al 1800 y aprehendió a dos jóvenes de 18 y 24 años que asumieron la responsabilidad de organizar la fiesta. Estiman que en el lugar había unas 150 personas.
Desde las 01.00 de este lunes 11 de enero comenzaron la regir las nuevas restricciones impuestas por el Gobierno Nacional en el Decreto N° 4/2021 al que adhirió el gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Kicillof dispuso continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos bonaerenses de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria.
En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 -como es el caso de San Pedro- se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente. Es decir, sólo podrán circular personas que se regresen desde o se dirijan hacia su trabajo.
La norma obliga a reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas, tanto en espacios cerrados como abiertos. Y restringe el uso del transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
La Provincia pidió a los Municipios reforzar todos los controles para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. En estos casos, las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
Kicillof también habilitó a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y sus modificatorios; y la aplicación de las multas correspondientes de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.
En el caso de fiestas y reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.