La Cámara de Senadores convirtió en ley la interrupción voluntaria del embarazo que deberá ser ahora reglamentada por el Poder Ejecutivo. En San Pedro se siguió en directo con atención y emoción el debate del congreso en una plaza Belgrano repleta


La histórica noche en la que el Senado legalizó -por amplio margen- la interrupción voluntaria del embarazo -IVE-, tuvo una multitudinaria vigilia en Plaza Belgrano. Marea Verde, espacio en el que confluyen agrupaciones de mujeres y distintos feminismos, montó una pantalla gigante desde la que se siguió la transmisión de la sesión. Hubo intervenciones artísticas e intervenciones de militantes que viajaron para vivir el debate frente a las puertas del Congreso.

La votación, que se anunciaba con paridad, terminó minutos después de las 04.00 con 38 a favor contra 29 en contra; la IVE se convirtió en ley y la emoción invadió a mujeres, mayoritariamente jóvenes, que colmaron una de las principales plazas de la ciudad.


La nueva ley deja atrás una legislación de 99 años que castigaba con cuatro años de cárcel a las mujeres que abortaban y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de peligro de vida para la persona gestante.


La nueva ley consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos. El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.

Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante. En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.


Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o "referente afectivo". Las mujeres mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento. Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.

El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente. Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto. En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.

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