La empresa que gane la licitación deberá responsabilizarse del pesaje, cobro y traslado de la recaudación. El pedido del gobierno argumenta la escasez de personal municipal y las más de 400 horas de adicionales de Policía que se pagan. Tampoco quieren que el resguardo de la recaudación dependa de empleados municipales. La compactación de vehículos también quedará a cargo de la empresa


El 27 de diciembre de 2019 una trabajadora del área de tránsito, encargada del traslado de la recaudación por el cobro del canon de pesaje para camiones, denunció que fue atacada por motochorros. La agente tenía dos bolsos con un total de $430 mil, uno de los cuales fue robado por delincuentes. Poco más de un año después de ese hecho, investigado por la Justicia, el Municipio busca cambiar la modalidad de cobro y posterior depósito, y quitar de las manos del personal municipal la responsabilidad de administrar y trasladar la recaudación para depositarla en una entidad bancaria.

El proyecto de ordenanza que el Ejecutivo envió al Concejo Deliberante, que deberá dar el visto bueno para iniciar un proceso licitatorio, sostiene que "la pandemia desatada en el corriente año en nuestro distrito, ha dejado en evidencia la escasez del personal municipal destinado al control del tránsito de la ciudad, que sabido es que un grupo de 4 efectivos son destinados diariamente a la balanza municipal para el control del pesaje de camiones, y otro grupo de 3 inspectores quedan en forma rotativa y permanente en el cuidado del depósito municipal de vehículos incautados"

También que "el resguardo de la recaudación sobre el cobro del canon de pesaje demanda asimismo 400 horas mensuales de pago de adicionales de efectivos policiales", y que por otra parte "lo recaudado queda a cargo de personal municipal".

Por el Ejecutivo busca autorización para contratar mediante licitación pública un servicio de "control, identificación, peso y cobro del canon por pesaje custodia de vehículos incautados" y su "oportuna entrega o disposición final conforme lo determinen las autoridades municipales pertinentes".

El expediente plantea que "el prestador de los servicios a la Municipalidad sólo será remunerado con una suma fija mensual, y por otro lado un porcentaje sobre la recaudación efectivamente percibida que en ningún caso deberá superar el treinta (30%) con impuestos incluidos"; y que "la recaudación deberá contar con sede en esta ciudad, con instalaciones en lugar estratégico para el control de pesaje, software de gestión de vehículos incautados, vigilancia, y el personal contratado al efecto, deberá ser residente de esta ciudad".

La recaudación deberá ser custodiada por la prestadora y sus importes ingresados en las arcas municipales "sin dejar pasar el plazo de 48 hs hábiles desde su percepción". La empresa responderá patrimonialmente por cualquier incidencia en la recaudación.

"El servicio deberá estar disponible en los días y horarios que el Municipio disponga pudiendo ser requerido las 24 horas del día los 365 días del año", plantea el Gobierno en el expediente y aclara que "el personal a desempeñarse deberá ser informado al Municipio y remitirse junto a sus datos filiatorios un libre deuda de antecedentes penales".

Se deberá resguardar una filmación continua que registre simultáneamente la patente del vehículo en balanza y la cabina de cobro con un plazo mínimo de custodia de dicho soporte por 60 días y lo propio deberá ser registrado en relación al ingreso y egreso de cada vehículo incautado. 

La ordenanza también plantea que "cuando el Departamento Ejecutivo lo disponga, y haya concluido los trámites de publicidad para la compactación de vehículos incautados, el prestador de los servicios deberá proceder a la compactación de los vehículos individualizados para ese procedimiento, debiendo encargarse de todo el proceso, desde la clasificación, descontaminación, compactación, limpieza y disposición final, para lo cual no podrá retirar vehículos alguno del predio, y una vez compactado dentro del predio, dichos desechos en ese estado pasarán a ser de su propiedad, debiendo certificarse con intervención de personal municipal, la totalidad del peso del material compactado, y ser remitido directamente hasta el lugar de su disposición final". Por cada tonelada retirada del predio, el Municipio compensará el importe equivalente a "100 litros de nafta de mayor octanaje", contra la suma que se le debe abonar al prestador por el respectivo contrato.

"Mensualmente se deberán conciliar los ingresos por el canon de pesaje con la Contaduría Municipal", señala el texto que en las bases del pliego licitatorio detalla que "la propuesta económica detallando el importe mensual fijo ofertado, no podrá ser superior a 700.000 y el importe variable sobre la recaudación a percibir, el cual no podrá ser inferior al 10% ni superior al 30%".

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